| En cumplimiento del artículo 6 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica (RRAE) (BOP núm.107 de 7 de junio de 2010), el Ayuntamiento de Tíjola informa de las condiciones, programas, aplicaciones y medios que los ciudadanos pueden utilizar para relacionarse electrónicamente con ella.
Entendiendo por ciudadano, "cualesquiera personas físicas, personas jurídicas y entes sin personalidad que se relacionen, o sean susceptibles de relacionarse con el Ayuntamiento de Tíjola" (art. 1 RRAE) |
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